El Tribunal Constitucional es el más alto tribunal de España. La mayoría de sus magistrados son nombrados por los partidos que dominan el Congreso y el Senado(1). Con dicha regulación se puede cuestionar, y de hecho se cuestiona, la independencia de los magistrados, pues 'deben' su cargo a los partidos que los designaron(2). Condicionamientos políticos que, en ocasiones, parece confirmado a través de una serie de sentencias donde los magistrados de una u otra tendencia votaron en bloques coincidentes con la adscripción política de quienes los nombraron. Circunstancia que ha creado dudas de si su voto se debía exclusivamente a su 'más leal saber jurídico' o a agradecimientos políticos.
Otra consecuencia de la 'politización' atribuida a dicho tribunal(3) se debe a los bochornosos espectáculos de luchas partidistas para imponer candidatos 'propios', inclusive provocando la paralización del proceso de sustitución o renovación de magistrados cesantes, o cuando, por supuestos motivos ideológicos, los magistrados no hallan mayorías suficientes para votar una sentencia(4). Regulación que pone en entredicho el principio de la división de poderes y que, por lo tanto, parece incompatible con una de las esencias de lo que debería distinguir el 'Estado de Derecho' de una 'república bananera'(5).
De pretender que en España se instaure una separación de poderes más tangible, será necesario que los magistrados para el Tribunal Constitucional sean propuestos entre quienes(6) que, a) hubieran obtenido mayoría simple de votos secretos emitido por el total colectivo de magistrados de las Audiencias Provinciales conjuntamente con los del Tribunal Supremo, b) y, una vez propuestos, hubieran sido ratificado por otra mayoría simple del Parlamento. A fin de evitar bloqueos partidistas, las Audiencias Provinciales y el Tribunal Supremo deberá presentar al Parlamento una lista de los tres candidatos que mayor voto hubieran obtenido. De no ratificar el Parlamento a ninguno, queda automáticamente ratificado el que más votos corporativos hubiera obtenido(6).
(2) Véase conflicto desatado con la anulación de determinados artículos del 'Estatut de Catalunya' por el Tribunal Constitucional, cuando tal 'Estatut' había sido aprobado por el Parlamento español y refrendado por los catalanes.
(3) Uno de los casos más tristemente famosos fue la paralización, del T.C. durante años para resolver acerca de la constitucionalidad de determinados artículos del Estatut de Cataluña (2008-2010). Desde el punto de vista de la mitad de la población catalana, no les parece 'democrático' que unos jueces elegidos indirectamente por las Cortes españolas luego, una vez se integrados ne el Tribunal Constitucional, tengan poder para anular leyes aprobados por el propio Parlamento.
(4) La supuesta politización del T.C. constituye uno de los grandes reproches que se suele hacer a dicho tribunal. Reproche que habría que analizar en cada caso concreto, ya que en muchas ocasiones el tribunal no puede evitar ni sortear decisiones cuyo contenido resulta en la asunción de una postura que aunque muy fundada jurídicamente, necesariamente no puede librarse de cierta connotación política. El tribunal constitucional alemán (Bundesverfassungsgericht) ha admitido que en ocasiones no puede evitar de convertirse en un un 'poder legislativo atípico', pues la interpretación de una ley puede modificar su sentido literal, o la anulación de una norma puede cambiar el sentido del entramado legislativo específico de la que ésta formaba parte. uno de los ejemplos más emblemáticos de esta naturaleza política consustancial a sus resoluciones fue la de extender el mandato constitucional, por el que Alemania sólo podía utilizar las armas en defensa propia, a la posibilidad de participación de las fuerzas armadas alemanas en conflictos internacionales ajenos a su territorio nacional, por virtud de las obligaciones derivadas de su pertenencia a la OTAN o por virtud de mandato expreso de la ONU. El propio alto tribunal ha reconocido que algunas de sus decisiones también tienen carácter político.
(5) En cumplimiento del principio de que la 'Justicia emana del pueblo', la mayoría de las legislaciones democráticas prevén la intervención de los parlamentos e inclusive del ejecutivo en la elección de las altas magistraturas, situación que no 'mejora' la española.
(6) En enero 2012, el gobierno del PP manifestó querer cambiar el sistema de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, suprimiendo el actual sistema por otro corporativo de la propia judicatura. Promesa que resultó incumplida (23).
(7) Pudiendo reglamentariamente establecer las condiciones de elegibilidad de un magistrado para formar parte del Tribunal Constitucional, como por ejemplo una adscripción temporal mínima al Tribunal Supremo, un currículo profesional intachable, etc.
(8) El Mundo, 31.7.2015, comenta el escándalo de haberse formado parte del tribunal que juzga el caso del tesorero del PP ('Barcenas') con magistrados manifiestamente afines al PP.
COMENTARIOS RELACIONADOS
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La Vanguardia, 17.10.2015, Grogorio Morán, en un artículo donde comenta el tratamiento desigual judicial', según la condición social del imputado, y en relación a las medidas contra la corrupción española, "... más alta del occidente europeo...", sentencia: "... Y como gran solución se les ha ocurrido (a los partidos) la manipulación de la judicatura hasta extremos que sobrepasan la decencia.
El Mundo, 31.7.2015, editorial, comenta que la presunción de neutralidad de jueces del Tribunal Supremo, designado por el Partido Popular, ".. queda en entredicho en este caso..." pues "... forman parte del tribunal que tiene que enjuiciar la investigación principal..." de casos en que miembros del PP estaban directamente involucrados (caso 'Gürtel' y 'Barcenas').
El Mundo, 23.7.2015, editorial, comenta la "pésima noticia" consistente en que los vocales del Consejo General del Poder Judicial, designados por el PP del poder Judicial, hayan 'colocado' a un magistrado "afín" (Luis Mª Diéz-Picazo) en la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Dicha Sala resuelve acerca de asuntos de particular interés del ejecutivo, y comenta que el propio CGPJ había manifestado su "profunda preocupación", acusando su presidente al gobierno de "inmiscuirse en las decisiones de los tribunales a través de la política de nombramientos..."
La Vanguardia, 3.8.2013, Carles Casajuana, refiriéndose "al escándalo creado por la militancia del presidente del Tribunal Constitucional en un partido político", comenta: "... sMilitar en un partido y ser miembro del TC es como ser a la vez jugador de un equipo y árbitro del encuentro...".
La Vanguardia, 23.6.2011, Silvia Hinojosa escribe: “El presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala, rompió ayer su silencio sobre la última crisis en la institución, ... Sala acusó veladamente a los partidos políticos de querer instrumentalizar el tribunal……”
La Vanguardia , 16.6.2011, Francesc de Carreras escribió acerca del mal uso que se está haciendo de las leyes fundamentales del Estado “…. en realidad los magistrados no son designados por los órganos que figuran en la Constitución .... sino por los dos partidos políticos mayoritarios .... saben, por supuesto, que el cargo se lo deben a quien les ha propuesto (el partido). Y como la vida es larga .... no es prudente, desde el punto de vista de los intereses estrictamente personales, desairar a quien te ha nombrado…..”
El Mundo 25.12.2010 citando al Foro Judicial Independiente "... tildó de lamentable el retraso que se acumula en los nombramientos de los nuevos magistrados del Constitucional, que supera ya tres años. Todo lo que tiene que ver con los nombramientos en los que intervienen partidos políticos es lamentable…..”.
El País 8.12.2010, Javier Pradera cmenta la "interpretación fraudulenta .... del artículo 159.3 de la Constitución..." para reducir la duración del mandato de los jueces constitucionales ... (la Constitución) terminaría siendo un juguete roto abandonado en la cuneta a la espera de un digno entierro”.
El Mundo 6.12.2010, Jorge de Esteban, catedrático de Derecho Constitucional, escribe que el poder político ... ha legislado contra derechos reconocidos en la Constitución. Que....los gobernantes ... han sido con frecuencia……..los primeros que conculcan los preceptos constitucionales a fin de favorecer sus intereses políticos..."
El País, 30.10.2010, Fernando Garea y Carlos E. Cué comentan como PSOE y PP desbloquean la renovación de magistrados del Tribunal Constitucional: “Una conversación directa entre José Luís Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy sirvió para desbloquear la renovación del T.C….. "
El País, 27.9.2010, Exceso de partidismo: El boicot a la renovación del Constitucional del PP sirve a sus intereses, pero mina la institución.
El País 27.5.09 “El magistrado progresista del Tribunal Supremo Ángel Juanes fue designado ayer por el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) nuevo presidente de la Audiencia Nacional. Fue una sesión larga y tensa, que evidenció la división entre vocales progresistas y conservadores…”
El Mundo, 24.3.09, Jorge de Esteban, catedrático de Derecho Constitucional comenta que "... cualquier gobierno pueda 'manipular' a la más alta instancia judicial del Estado... de modo que dicha institución deja de ser un contrapeso al ejecutivo (el Gobierno), como mandan la Constitución y todas las teorías de derecho público modernas.
El Mundo 19.2.09: "Celebrada la huelga de los jueces, el Consejo General del Poder Judicial, aboga por sancionar a los jueces partícipes con descuentos salariales, mientras el poder político anuncia una ley para impedir los paros de jueces".
Otra consecuencia de la 'politización' atribuida a dicho tribunal(3) se debe a los bochornosos espectáculos de luchas partidistas para imponer candidatos 'propios', inclusive provocando la paralización del proceso de sustitución o renovación de magistrados cesantes, o cuando, por supuestos motivos ideológicos, los magistrados no hallan mayorías suficientes para votar una sentencia(4). Regulación que pone en entredicho el principio de la división de poderes y que, por lo tanto, parece incompatible con una de las esencias de lo que debería distinguir el 'Estado de Derecho' de una 'república bananera'(5).
De pretender que en España se instaure una separación de poderes más tangible, será necesario que los magistrados para el Tribunal Constitucional sean propuestos entre quienes(6) que, a) hubieran obtenido mayoría simple de votos secretos emitido por el total colectivo de magistrados de las Audiencias Provinciales conjuntamente con los del Tribunal Supremo, b) y, una vez propuestos, hubieran sido ratificado por otra mayoría simple del Parlamento. A fin de evitar bloqueos partidistas, las Audiencias Provinciales y el Tribunal Supremo deberá presentar al Parlamento una lista de los tres candidatos que mayor voto hubieran obtenido. De no ratificar el Parlamento a ninguno, queda automáticamente ratificado el que más votos corporativos hubiera obtenido(6).
En cuanto al Tribunal Supremo, será el Consejo General del Poder Judicial que propone el nombramiento de los magistrados. Un Consejo cuyos miembros, en última instancia, son designados por los partidos con representación parlamentaria, sistema que vuelve a poner en entredicho la imparcialidad de dicho alto tribunal(7) y que también debería sujetarse a un sistema de proposición judicial anterior a su ratificación parlamentaria.
(1) Art. 159 establece: “ 1. El Tribunal Constitucional se compone de 12 miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso por mayoría de tres quintos de sus miembros, cuatro a propuesta del Senado, con idéntica mayoría, dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial. 2. Los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos y Abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional. 3. Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un periodo de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres”. Art. 160 establece: “El Presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un periodo de tres años”. Una de las primeras y, probablemente más significativas sentencias reveladora de la interferencia política en el Tribunal Constitucional fue la del 'caso Rumasa' (Sentencia 6/1991, 15 de enero), donde tanto los votos favorables como los desfavorables coincidían exactamente con la 'procedencia política' de los magistrados.
(2) Véase conflicto desatado con la anulación de determinados artículos del 'Estatut de Catalunya' por el Tribunal Constitucional, cuando tal 'Estatut' había sido aprobado por el Parlamento español y refrendado por los catalanes.
(3) Uno de los casos más tristemente famosos fue la paralización, del T.C. durante años para resolver acerca de la constitucionalidad de determinados artículos del Estatut de Cataluña (2008-2010). Desde el punto de vista de la mitad de la población catalana, no les parece 'democrático' que unos jueces elegidos indirectamente por las Cortes españolas luego, una vez se integrados ne el Tribunal Constitucional, tengan poder para anular leyes aprobados por el propio Parlamento.
(4) La supuesta politización del T.C. constituye uno de los grandes reproches que se suele hacer a dicho tribunal. Reproche que habría que analizar en cada caso concreto, ya que en muchas ocasiones el tribunal no puede evitar ni sortear decisiones cuyo contenido resulta en la asunción de una postura que aunque muy fundada jurídicamente, necesariamente no puede librarse de cierta connotación política. El tribunal constitucional alemán (Bundesverfassungsgericht) ha admitido que en ocasiones no puede evitar de convertirse en un un 'poder legislativo atípico', pues la interpretación de una ley puede modificar su sentido literal, o la anulación de una norma puede cambiar el sentido del entramado legislativo específico de la que ésta formaba parte. uno de los ejemplos más emblemáticos de esta naturaleza política consustancial a sus resoluciones fue la de extender el mandato constitucional, por el que Alemania sólo podía utilizar las armas en defensa propia, a la posibilidad de participación de las fuerzas armadas alemanas en conflictos internacionales ajenos a su territorio nacional, por virtud de las obligaciones derivadas de su pertenencia a la OTAN o por virtud de mandato expreso de la ONU. El propio alto tribunal ha reconocido que algunas de sus decisiones también tienen carácter político.
(5) En cumplimiento del principio de que la 'Justicia emana del pueblo', la mayoría de las legislaciones democráticas prevén la intervención de los parlamentos e inclusive del ejecutivo en la elección de las altas magistraturas, situación que no 'mejora' la española.
(6) En enero 2012, el gobierno del PP manifestó querer cambiar el sistema de elección de los magistrados del Tribunal Constitucional, suprimiendo el actual sistema por otro corporativo de la propia judicatura. Promesa que resultó incumplida (23).
(7) Pudiendo reglamentariamente establecer las condiciones de elegibilidad de un magistrado para formar parte del Tribunal Constitucional, como por ejemplo una adscripción temporal mínima al Tribunal Supremo, un currículo profesional intachable, etc.
(8) El Mundo, 31.7.2015, comenta el escándalo de haberse formado parte del tribunal que juzga el caso del tesorero del PP ('Barcenas') con magistrados manifiestamente afines al PP.
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La Vanguardia, 17.10.2015, Grogorio Morán, en un artículo donde comenta el tratamiento desigual judicial', según la condición social del imputado, y en relación a las medidas contra la corrupción española, "... más alta del occidente europeo...", sentencia: "... Y como gran solución se les ha ocurrido (a los partidos) la manipulación de la judicatura hasta extremos que sobrepasan la decencia.
El Mundo, 31.7.2015, editorial, comenta que la presunción de neutralidad de jueces del Tribunal Supremo, designado por el Partido Popular, ".. queda en entredicho en este caso..." pues "... forman parte del tribunal que tiene que enjuiciar la investigación principal..." de casos en que miembros del PP estaban directamente involucrados (caso 'Gürtel' y 'Barcenas').
El Mundo, 23.7.2015, editorial, comenta la "pésima noticia" consistente en que los vocales del Consejo General del Poder Judicial, designados por el PP del poder Judicial, hayan 'colocado' a un magistrado "afín" (Luis Mª Diéz-Picazo) en la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Dicha Sala resuelve acerca de asuntos de particular interés del ejecutivo, y comenta que el propio CGPJ había manifestado su "profunda preocupación", acusando su presidente al gobierno de "inmiscuirse en las decisiones de los tribunales a través de la política de nombramientos..."
La Vanguardia, 3.8.2013, Carles Casajuana, refiriéndose "al escándalo creado por la militancia del presidente del Tribunal Constitucional en un partido político", comenta: "... sMilitar en un partido y ser miembro del TC es como ser a la vez jugador de un equipo y árbitro del encuentro...".
La Vanguardia, 23.6.2011, Silvia Hinojosa escribe: “El presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala, rompió ayer su silencio sobre la última crisis en la institución, ... Sala acusó veladamente a los partidos políticos de querer instrumentalizar el tribunal……”
El Mundo 25.12.2010 citando al Foro Judicial Independiente "... tildó de lamentable el retraso que se acumula en los nombramientos de los nuevos magistrados del Constitucional, que supera ya tres años. Todo lo que tiene que ver con los nombramientos en los que intervienen partidos políticos es lamentable…..”.
El País 8.12.2010, Javier Pradera cmenta la "interpretación fraudulenta .... del artículo 159.3 de la Constitución..." para reducir la duración del mandato de los jueces constitucionales ... (la Constitución) terminaría siendo un juguete roto abandonado en la cuneta a la espera de un digno entierro”.
El Mundo 6.12.2010, Jorge de Esteban, catedrático de Derecho Constitucional, escribe que el poder político ... ha legislado contra derechos reconocidos en la Constitución. Que....los gobernantes ... han sido con frecuencia……..los primeros que conculcan los preceptos constitucionales a fin de favorecer sus intereses políticos..."
El País, 30.10.2010, Fernando Garea y Carlos E. Cué comentan como PSOE y PP desbloquean la renovación de magistrados del Tribunal Constitucional: “Una conversación directa entre José Luís Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy sirvió para desbloquear la renovación del T.C….. "
El País, 27.9.2010, Exceso de partidismo: El boicot a la renovación del Constitucional del PP sirve a sus intereses, pero mina la institución.
El País 27.5.09 “El magistrado progresista del Tribunal Supremo Ángel Juanes fue designado ayer por el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) nuevo presidente de la Audiencia Nacional. Fue una sesión larga y tensa, que evidenció la división entre vocales progresistas y conservadores…”
El Mundo, 24.3.09, Jorge de Esteban, catedrático de Derecho Constitucional comenta que "... cualquier gobierno pueda 'manipular' a la más alta instancia judicial del Estado... de modo que dicha institución deja de ser un contrapeso al ejecutivo (el Gobierno), como mandan la Constitución y todas las teorías de derecho público modernas.
El Mundo 19.2.09: "Celebrada la huelga de los jueces, el Consejo General del Poder Judicial, aboga por sancionar a los jueces partícipes con descuentos salariales, mientras el poder político anuncia una ley para impedir los paros de jueces".
La Vanguardia 16.2.09 comenta que, “El Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial se han apoyado en la falta de marco legal que ampare el derecho de huelga de los jueces para tratar de frenar la rebelión de las togas…..”. Una vez más, un órgano supremo del poder judicial, haciendo “causa común” con el gobierno en contra de sus propios jueces.
El País 15.2.09: El Consejo General del Poder Judicial parece más un instrumento político del ejecutivo que uno del judicial..."
El País 15.2.09 reproduce una entrevista con Marcelino Sexmero acerca de : “El hartazgo de los jueces…” en relación al desinterés del poder político en solucionar el problema de una justicia ineficaz...”
Difusión jurídica de 12.2.09, comenta que el "... órgano de gobierno parece más dispuesto a contemporizar con el Ministerio y los políticos de las distintas asociaciones que a proteger y velar porque el ciudadano tenga una justicia de calidad..."
El País de Madrid 23.1.09 comenta entreotros que "... la tutela judicial efectiva ... Un derecho que al poder político parece no interesar en absoluto ya que de funcionar la tutela judicial efectiva, el ciudadano podría 'efectivamente' defenderse de los innumerables abusos del omnipresente poder político..."
El País 23.1.09 comenta como el juez, Eloy Vilasco, ... envió un mensaje a sus colegas en el que achacaba la protesta “a la decepción ante el nombramiento de un nuevo Consejo General del Poder Judicial masdelomismo", con un presidente negociado por políticos que impusieron a quién votar y a quién sancionar..."
12/2015
La Vanguardia 16.2.09 comenta que, “El Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial se han apoyado en la falta de marco legal que ampare el derecho de huelga de los jueces para tratar de frenar la rebelión de las togas…..”. Una vez más, un órgano supremo del poder judicial, haciendo “causa común” con el gobierno en contra de sus propios jueces.
El País 15.2.09: El Consejo General del Poder Judicial parece más un instrumento político del ejecutivo que uno del judicial..."
El País 15.2.09 reproduce una entrevista con Marcelino Sexmero acerca de : “El hartazgo de los jueces…” en relación al desinterés del poder político en solucionar el problema de una justicia ineficaz...”
Difusión jurídica de 12.2.09, comenta que el "... órgano de gobierno parece más dispuesto a contemporizar con el Ministerio y los políticos de las distintas asociaciones que a proteger y velar porque el ciudadano tenga una justicia de calidad..."
El País de Madrid 23.1.09 comenta entreotros que "... la tutela judicial efectiva ... Un derecho que al poder político parece no interesar en absoluto ya que de funcionar la tutela judicial efectiva, el ciudadano podría 'efectivamente' defenderse de los innumerables abusos del omnipresente poder político..."
El País 23.1.09 comenta como el juez, Eloy Vilasco, ... envió un mensaje a sus colegas en el que achacaba la protesta “a la decepción ante el nombramiento de un nuevo Consejo General del Poder Judicial masdelomismo", con un presidente negociado por políticos que impusieron a quién votar y a quién sancionar..."
12/2015