El verbo 'gobernar' conlleva un tinte histórico de poder autoritario, inclusive despótico, por lo que el uso del mismo debería paulatinamente sustituirse por el verbo 'administrar'. La finalidad de administrar estriba en que alguien (apoderado) realiza la tarea de gestionar algún asunto 'en nombre, representación o interés' de otro (el poderdante) que le ha nombrado para tal gestión. La figura del administrador de una comunidad de propietarios es uno de los ejemplos más típicos y populares en España. El administrador de fincas(1) es elegido por una mayoría de comuneros con la finalidad de ocuparse de la gestión de los asuntos de la finca de distintos comuneros.
El carácter de administrador público se corresponde en lo fundamental con el del administrador de una comunidad de propietarios. Su representación se deriva directa o indirectamente de una elección democrática y consiste en gestionar (administrar) los intereses de los ciudadanos o de los comuneros. La diferencia entre uno y otro consiste en la superior complejidad y volumen de la administración de un país en comparación con la de gestionar una comunidad de propietarios o la de gestionar una sociedad privada o mercantil. La gestión o administración de todo un país debería requerir un mayor nivel de competencia y responsabilidad que la de la gestión de una comunidad de propietarios. Sin embargo a la mayoría de los altos cargos políticos no se exige competencia profesional alguna, pero al menos debería poder exigirles publicar su currículo para que los electores al menos puedan conocer algo acerca de su vida laboral anterior, conocimientos y/o competencias.
(1) La profesión de administrador de fincas urbanas requiere título universitario y en algunos casos haber aprobado determinadas pruebas y exámenes. La capacitación para dicho oficio debe pues demostrarse con unos requisitos muy superiores de los que son exigidos para poder gobernar toda una nación. En un tiempo en que una vendedora de verduras precisa un título para acreditar su capacitación para 'manipular alimentos' (38-a) los ministros, directores generales etc., no precisan acreditar conocimientos previos de capacitación para su cargos de muy superior trascendencia.
El carácter de administrador público se corresponde en lo fundamental con el del administrador de una comunidad de propietarios. Su representación se deriva directa o indirectamente de una elección democrática y consiste en gestionar (administrar) los intereses de los ciudadanos o de los comuneros. La diferencia entre uno y otro consiste en la superior complejidad y volumen de la administración de un país en comparación con la de gestionar una comunidad de propietarios o la de gestionar una sociedad privada o mercantil. La gestión o administración de todo un país debería requerir un mayor nivel de competencia y responsabilidad que la de la gestión de una comunidad de propietarios. Sin embargo a la mayoría de los altos cargos políticos no se exige competencia profesional alguna, pero al menos debería poder exigirles publicar su currículo para que los electores al menos puedan conocer algo acerca de su vida laboral anterior, conocimientos y/o competencias.
(1) La profesión de administrador de fincas urbanas requiere título universitario y en algunos casos haber aprobado determinadas pruebas y exámenes. La capacitación para dicho oficio debe pues demostrarse con unos requisitos muy superiores de los que son exigidos para poder gobernar toda una nación. En un tiempo en que una vendedora de verduras precisa un título para acreditar su capacitación para 'manipular alimentos' (38-a) los ministros, directores generales etc., no precisan acreditar conocimientos previos de capacitación para su cargos de muy superior trascendencia.
Cargos públicos de confianza familiar
La Administración - cosa nostra
10/2015